Aplicará SE una sanción de 40 mil días de salario mínimo por violar Derechos de Autor; con estas reformas el IMPI contará con más atribuciones

Viernes, 27 de Enero de 2012 14:32
La Secretaría de Economía (SE) publicó diversas disposiciones a las leyes de Propiedad Industrial y Federal de Derechos de Autor, con el fin de combatir a la piratería y aumentar el monto máximo de las infracciones en materia de comercio.
Estas reformas permiten al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) contar con mayores atribuciones para ejercer sus funciones de inspección y sancionar el uso de bienes y servicios sin la aprobación de sus autores.
De acuerdo con el decreto, vigente a partir de mañana, el personal comisionado del IMPI podrá tomar fotografías o video durante sus inspecciones de comprobación, a fin de presentarlos como elementos de valor probatorio en la comisión de delitos en la materia.
La Secretaría de Economía aclara que impedir el paso al personal a los establecimientos para la inspección se tomará como un hecho que confirma irregularidades.
Conforme al documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, para determinar las sanciones por la comisión de un delito en materia de propiedad industrial se tomará en cuenta el carácter intencional de la acción u omisión.
También se considerarán las condiciones económicas del infractor, la gravedad que la falta implique con relación al comercio de productos o prestación de servicios, así como los daños ocasionados directamente a los afectados.
Subraya que cuando por la acción u omisión se haya dañado con intención y con el conocimiento de las leyes que rigen la propiedad industrial y el derecho de autor, se impondrá una multa por el importe del doble aplicada a la conducta infractora.
En el caso de las modificaciones a la Ley de Derechos de Autor, la SE informa que aumentó el monto máximo de la multa por utilizar cualquier obra sin la autorización del creador, que va de cinco mil hasta 40 mil días de salario mínimo, luego que ésta última era de 10 mil días.
Las sanciones también son aplicables por usar la imagen de una persona sin autorización de los causahabientes, así como por producir, reproducir, almacenar, distribuir, transportar y comercializar cualquier tipo de obra protegida.
imagenpoblana.com Por: Notimex