ECOSIG, ni “curas” ni “arreglos” a la diversidad sexual e identidad de género

ECOSIG, ni “curas” ni “arreglos” a la diversidad sexual e identidad de género

Foto: Freepik

La Cámara de Diputados aprobó la prohibición de las llamadas “terapias de conversión”, una práctica que se enfoca en tratar de corregir la orientación sexual de las personas. La iniciativa arrojó un resultado de 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, aunque todavía hay quienes sostienen que estas sí son efectivas y no debieron prohibirse.

 

Las terapias de conversión, también conocidas como esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género (ECOSIG), podrían castigarse con penas de dos a seis años de prisión, o multas económicas de 1,000 a 2,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Si bien todavía se debe turnar a la Cámara de Senadores, esta prohibición está cerca de ser una realidad.

 

Este avance legislativo se dio en medio de una discusión en la que la mayoría de diputados del PAN se opusieron o abstuvieron de aprobar el proyecto, pues todavía se cree que estas son necesarias o que funcionan. Más allá de las declaraciones entre los legisladores, ¿a qué se refieren dichas terapias? ¿son útiles?

 

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, las terapias de conversión son aquellas que se basan en la creencia de que la orientación o la identidad de género es algo que “se corrige” o “se cambia”. Por lo anterior, se centran en personas gais, lesbianas, bisexuales, transexuales, transgénero, y todas de la diversidad sexual, con el fin de adherirlas a las normas heterosexuales y cisgénero.

 

Los ECOSIG se erigen sobre la falsa premisa de que las personas de género diverso están “enfermas” y, por ende, se les debe “curar” para que se alineen a la norma dominante. Para esto los “terapeutas”, que no siempre son profesionales de la salud, se valen de tratamientos como hormonas, infringen dolor y sufrimiento extremo que deriva en daños físicos y sicológicos duraderos.

 

Hay múltiples casos documentados en los que el ECOSIG culmina con una violación grupal sobre la persona que se quiere “curar”, además de la sobreexposición en contra de su voluntad a imágenes sexuales, como pornografía.

 

Tanto la ONU como la Organización Panamericana de la Salud (OPS) la consideran una forma de tortura innecesaria que no da resultados, ya que la orientación sexual o la identidad de género no están catalogadas como enfermedades, además de que carecen de justificación médica o siquiátrica, aunado a que representan un grave violación a los derechos humanos.

 

Se conocen al menos cuatro enfoques que se le dan a este tipo de terapias:

 

  • Sicoterapéutico: los que se basan en la idea de que la orientación sexual es algo que se originó por una experiencia o educación anormal. Su aplicación incluye terapias sicodinámicas, conductuales, cognitivas e interpersonales, al igual que métodos más drásticos como shocks eléctricos y drogas.
  • Médico: esta vertiente está cimentada sobre la creencia de que las diversidades sexuales y de género se dan por una variación biológica que se puede “revertir”. En estas se utilizan terapias hormonales, fuertes dosis de adrenalina, medicamentos y esteroides para “corregir” dicha variación.
  • Basados en la fé: estos son los que promueven las organizaciones religiosas que ven la diversidad sexual y de género como un agravio contra la iglesia que debe “superarse”. Su metodología se basa en la imposición de los ideales del guía espiritual, sumado a la tortura sicológica, insultos, golpes y privación de alimentos, aunque en algunos casos incluso han recurrido a exorcismos.
  • Castración química: la última vertiente es la que se dedica a suprimir los deseos e impulsos sexuales de la personas, esto con la ayuda de sustancias químicas. Para esto también se usan medicamentos que suprimen la producción de hormonas, lo que a la postre disminuye el líbido del paciente.

 

Las principales consecuencias del ECOSIG son, como se dijo anteriormente, los traumas sicológicos y físicos que quedan por años. Asimismo, se presenta pérdida de la autoestima, ansiedad, depresión, aislamiento social, vergüenza y sentimientos de culpa por lo que son. Algo común que se ve en las víctimas de las terapias son los pensamientos suicidas que en muchos casos sí se ven materializados.

 

Las “terapias de conversión” son una práctica extendida en todo el mundo, pero debido a la naturaleza de los daños y métodos, muchas veces se hacen en la clandestinidad, por lo que resulta complejo identificar en qué puntos se hacen. En el caso de México, a falta de que se dé la votación final en el Senado, al menos 16 estados de la República ya han prohibido estas terapias, incluido Puebla.

 

El 2 de junio del 2022 en Puebla se prohibió el ECOSIG gracias a una iniciativa del diputado Carlos Evangelista y organizaciones civiles de la comunidad LGBTTTIQ+. Este tipo de tortura se castiga con uno a tres años de prisión a quien obligue a otra persona a tomarla o la lleve a cabo, más una multa de 50 a 200 UMAS.

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