Donación de órganos, tejidos y células, un arduo proceso para salvar vidas

Donación de órganos, tejidos y células, un arduo proceso para salvar vidas

Foto: Freepik

Ayer, el gobierno del estado de Puebla anunció la instauración del Consejo Estatal de Trasplantes, cuyo objetivo es hacer que la obtención y entrega de órganos sea más ágil. El proceso de donación de un órgano en México puede ser complicado y tardado, pero de este dependen las vidas de miles de personas cada año, por lo que es importante que sea cada vez más fácil de hacer.

 

Este Consejo Estatal de Trasplantes coordinará esfuerzos interinstitucionales e integrará a los distintos poderes del estado para que las personas que necesitan algún órgano puedan acceder a él y así salvar su vida. Y es que tener un trasplante urgente es crucial para la vida de muchas personas, pero estos son escasos y no llegan, en ocasiones, a tiempo para quienes más los necesitan.

 

Sin embargo, para gran parte de la población el proceso de donación de órganos, tejidos y células resulta desconocido y no se sabe cuáles son los extenuantes requisitos para ser donador, ya sea en vida o muerte, o en su caso, lo que se requiere para ser el receptor que salve su vida con una donación.

 

¿Cómo es el proceso de donación de órganos, tejidos y células?

 

Lo primero y más importante es que si se tomó la decisión de donar los órganos tras morir, se debe informar a la familia para que esta tenga conocimiento de la decisión de su difunto y den su autorización con prontitud para agilizar el resto de los trámites.

 

Este tipo de donaciones está regulado por la Ley General de Salud, en la que se estipula que todos los mexicanos tienen derecho a ser donadores de órganos, lo que se conoce como “donador tácito”, es decir, personas que no hayan manifestado su negativa de donar sus órganos. De igual forma, esta norma señala que todos los mexicanos están en su derecho de negarse a donar por el motivo que sea.

 

De acuerdo con el artículo 330, se prohíbe la donación de órganos o tejidos gonadales (ovarios y testículos) y el uso de tejidos provenientes de embriones o de fetos de abortos inducidos. Por su parte, el artículo 331 estipula que preferentemente, mas no obligatoriamente, la extracción de órganos, tejidos y células se hará de personas que ya hayan perdido la vida.

 

Respecto a la selección del donante, existen dos tipos, ambas con procedimientos distintos. La primera es la donación en vida que no afecte a la salud de las personas. De acuerdo con el artículo 333 de la ley, los requisitos para este proceso son los siguientes:

 

  • Ser mayor de 18 años y en pleno uso de sus facultades mentales.
  • El órgano o tejido donado, aunque sólo sea una parte, debe ser compensado por el organismo de manera adecuada y segura. Esto aplica en casos como los riñones, pues se puede donar uno y tener una vida normal con el otro.
  • Tener compatibilidad sanguínea con el receptor, para que el órgano sea útil.
  • También es importante tener la información pertinente respecto a los riesgos que representa la cirugía, así como las consecuencias de la extracción.
  • De preferencia, se requiere que la donación sea entre personas que tengan parentesco familiar o civil, pero en caso de que no haya tal, se deberá tener un aval del Comité de Trasplantes del hospital, consentimiento ante notario y cumplir con los lineamientos de la Secretaría de Salud para cerciorarse de que el donante no lo haga por lucro.

 

Por otra parte, está la donación de personas fallecidas, que se da en todas aquellas que perdieron la vida por causas como un paro cardiorrespiratorio, muerte por causas naturales o muerte encefálica (daño cerebral completo e irreparable). Antes de morir, el donador tuvo que dejar su consentimiento por escrito para la extracción y no haber una revocación del tácito.

 

Asimismo, se debe proporcionar al cónyuge, familiares, descendientes o apoderado legal, toda la información sobre los procedimientos que se llevarán a cabo en el cadáver de su fallecido. Por último, se hará el análisis pertinente para determinar que no haya ningún impedimento médico o riesgo sanitario para proceder con la extracción de órganos, tejidos y células.

 

Una vez que se cumplen con estas normas y requisitos, lo siguiente es seleccionar a quienes se beneficiarán con las donaciones. De acuerdo con el artículo 336 se señala que para la asignación de órganos provenientes de un donador no vivo se tomará en cuenta la gravedad del solicitante, la oportunidad o éxito que tendrá el trasplante y el beneficio que este dará, es decir, el tiempo de vida que extenderá.

 

También se tomará en cuenta la compatibilidad del receptor en relación con el donante, así como otros criterios médicos y la ubicación entre el órgano a donar y la persona que lo recibirá. Por último, se explica que si no existe urgencia o razón médica para dar preferencia a un receptor, este quedará sujeto a las bases de datos hospitalarias, institucionales, estatales y nacionales que se integrarán con los datos de los pacientes registrados en el Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA).

 

La agilización de los trámites en la donación y entrega de órganos, tejidos y células es importante para que las personas puedan extender su vida o mejorar su estado de salud que en la mayoría de los casos es crítico. De acuerdo con la CENATRA, hoy en día existen 20,177 pacientes en espera de recibir un trasplante y se estima que cada 10 minutos se suma uno más a la lista.

 

Los órganos que presentan mayor demanda son los riñones con 16,615 solicitantes, seguido de los trasplantes de córnea con 3,309, más 212 solicitudes de trasplantes de hígado. La razón de que estas personas no accedan a los órganos que mejorarían su vida son varias, pero lo principal es que los donantes no son compatibles.

 

De acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), solamente tres de cada 1,000 donantes son aptos para la entrega de sus órganos, tejidos o células. Por lo anterior, los cálculos refieren que diariamente mueren 20 personas en la espera de un trasplante.

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