Con nuevos límites de velocidad, Senado aprueba Ley de Movilidad y Seguridad Vial

Con nuevos límites de velocidad, Senado aprueba Ley de Movilidad y Seguridad Vial

Foto: Senado de la República

Con 104 votos a favor y dos abstenciones, el pleno del Senado de la República aprobó la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la cual estipula límites de velocidad a nivel nacional, tanto en zonas urbanas como autopistas, además de establecer mecanismos para reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales, a fin de salvaguardar la vida e integridad física de las personas.

 

De acuerdo con esta nueva ley, la velocidad máxima en todo el país será de 30 kilómetros por hora en calles secundarias y calles terciarias; 50 kilómetros en avenidas primarias sin acceso controlado y dentro de zonas urbanas; 80 en carriles centrales de avenidas de acceso controlado así como en carreteras estatales fuera de zonas urbanas.

 

En tanto que en autopistas y carreteras federales, el límite de velocidad para vehículos particulares será 110 kilómetros por hora; 95 para autobuses y 80 kilómetros para camiones y tráileres.

 

Según El Universal, la nueva ley no contempla la regulación o prohibición de los camiones o tráiler doble remolque, tampoco establece la obligatoriedad de que todos los conductores y vehículos cuenten con un seguro de responsabilidad civil, ya que legisladores de oposición calificaron de insuficiente esta nueva ley, que no garantiza la reparación del daño para víctimas.

 

Asimismo, las autoridades locales deberán establecer en sus reglamentos de tránsito que las personas que sean sorprendidas manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga se les retirará la licencia de conducir por un periodo no menor a un año y por un periodo no menor a seis meses en caso de conductores de transporte público o transporte de carga.

 

Además, este nuevo marco legal pretende sentar las bases para concretar una política de movilidad y seguridad vial bajo un enfoque sistémico a través del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y del Sistema de Información Territorial y Urbano para priorizar el desplazamiento de las personas, sobre todo de los grupos en situación de vulnerabilidad.

 

Al respecto, refiere: “La Ley da prioridad al desplazamiento de las personas, particularmente de grupos en situación de vulnerabilidad; y de bienes y mercancías, con base en una jerarquía de movilidad que disminuya los impactos negativos en materia económica, salud y medio ambiente, y reduzca las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales”.

 

Es así que la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial define los límites entre la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de movilidad y seguridad vial, así como los mecanismos para su correcta coordinación.

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