
La Corte Constitucional de Colombia confirmó la despenalización del aborto hasta la semana 24 de gestación, después de la cual aplicarán únicamente las tres causales permitidas hasta el momento: malformación del feto, riesgo para la madre o violación.
La "conducta del aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006", informó la Corte en una nota de prensa.
Estos tres supuestos son "cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, (...) cuando exista grave malformación del feto, (...) y cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento", agregó el documento.
La discusión había quedado aplazada desde el año pasado, porque varios magistrados del alto tribunal fueron recusados anteriormente, por pronunciarse públicamente a favor o en contra de la despenalización.
El estudio de la despenalización se produjo por dos demandas que la pedían: una del movimiento feminista Causa Justa, y otra, del ciudadano Andrés Mateo Sánchez.