¿Tienes una deuda? Estas son las prácticas de cobranza que la ley prohíbe

¿Tienes una deuda? Estas son las prácticas de cobranza que la ley prohíbe

Foto: FreePik

En México, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ha establecido normativas estrictas para proteger a los deudores de prácticas de cobranza abusivas. 

 

Estas reglas se aplican a los despachos de cobranza y a las instituciones financieras, con el objetivo de garantizar un trato justo y respetuoso. A continuación, te detallamos los métodos de cobranza que están prohibidos por la ley y qué acciones puede tomar un deudor si es afectado.

 

La Condusef emitió la Circular 21/2021, que establece de forma clara las prácticas de cobranza ilegales. Entre las más comunes están las siguientes:

 

El acoso e intimidación. Amenazas de cárcel, de embargo de bienes que no corresponden o de daño físico al deudor o a sus familiares, y es que la cobranza debe ser informativa, no amenazante.
 

El uso de lenguaje vulgar u ofensivo. Los despachos de cobranza no pueden usar insultos, palabras soeces o cualquier tipo de lenguaje que falte al respeto.

 

Cobranza a terceros. Contactar a personas que no son el deudor, como familiares, amigos o compañeros de trabajo, para darles a conocer el estado de la deuda. 

 

Solo se puede contactar a estas personas para localizar al deudor en caso de que este haya proporcionado esa información como referencia.

 

Cartas o documentos que simulan ser judiciales. Enviar documentos que imiten sellos de juzgados o que usen términos legales para asustar al deudor, cuando no hay un proceso judicial en curso.

 

Afectación de la imagen del deudor. Publicar la deuda en lugares públicos o en redes sociales, o enviar notificaciones a la comunidad (vecinos, compañeros) para exhibir al deudor.

 

Cobranza fuera de horario. Llamar o visitar al deudor en horarios no permitidos (antes de las 8:00 a.m. o después de las 9:59 p.m.) o en días festivos, a menos que el deudor lo haya autorizado.

 

Seguramente, en más de una ocasión has sido blanco de este tipo de cobranza, pero ¿qué hacer si te afectan con estas prácticas? 

 

Si un deudor es víctima de alguna de estas prácticas abusivas, tiene derechos que puede ejercer para detener el acoso y protegerse.
 

 Identifica al deudor y al acreedor. Pide al gestor de cobranza que se identifique plenamente, así como a la institución a la que representa. Anota el nombre del gestor, el de la empresa de cobranza y la institución financiera.

 

Documenta la evidencia. Guarda mensajes de texto, audios de llamadas, correos electrónicos y cualquier otro documento que demuestre el abuso. Si la amenaza es por teléfono, graba la llamada.

 

Registra tu queja en la Condusef. La forma más efectiva de detener el abuso es presentando una queja formal ante la Condusef. La Comisión tiene un Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) donde puedes verificar si el despacho está registrado y presentar tu denuncia. Este proceso puede hacerse en línea o de manera presencial.

 

No pagues bajo amenaza. Si te sientes presionado, no hagas ningún pago de inmediato. Primero, busca asesoría y verifica la legitimidad de la deuda.

 

La Condusef está facultada para sancionar a las empresas que incumplan con la normativa, imponiendo multas y asegurando que los despachos de cobranza se adhieran a un trato ético y legal. 

 

La protección del deudor es un derecho y conocer estas normativas es el primer paso para defenderse de la cobranza abusiva.

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