Irrupción en embajada: al final todo quedará en palabrería, como el caso Ecuador

Irrupción en embajada: al final todo quedará en palabrería, como el caso Ecuador

Foto: Xinhua

La presidenta Claudia Sheinbaum elevó la voz contra las declaraciones del presidente interino de Perú, José Jerí, quien no descartó una intervención policial en la embajada mexicana en Lima para detener a la ex primera ministra Betssy Chávez, asilada en la sede diplomática desde hace semanas. 
 

Sheinbaum calificó cualquier acción de este tipo como una violación grave al derecho internacional, recordando el precedente del asalto ecuatoriano a la embajada mexicana en 2024.
 

En este contexto, una hipotética intervención de Perú violaría el artículo 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, que establece la inviolabilidad absoluta de las sedes diplomáticas.

 

En caso de que Perú cumpla la “amenaza”, el impacto sería profundo con la ruptura total de relaciones y aislamiento regional, ya que México suspendería todo contacto diplomático y consular, complicando el comercio y la cooperación en migración o seguridad. 

 

Países aliados como Colombia, cuyo presidente amenazó con retirar su embajada si ocurre, y otros en la CELAC podrían sumarse, generando un boicot diplomático. 
 

La OEA y la ONU emitirían resoluciones de repudio, como en el caso ecuatoriano, donde la OEA condenó "enérgicamente" la violación con 29 votos a favor. 

 

Perú perdería credibilidad en foros multilaterales, afectaría las inversiones y ayuda externa; además, México demandaría al país sudamericano ante la Corte Internacional de Justicia, como hizo con Ecuador en abril de 2024. Aunque las medidas cautelares iniciales fueron denegadas en mayo de ese año, el proceso por el fondo podría extenderse años y culminar en reparaciones simbólicas o indemnizaciones. 

 

En concreto, las consecuencias serían principalmente diplomáticas y reputacionales, con potenciales ramificaciones económicas, pero sin castigos automáticos como sanciones económicas directas, ya que el derecho internacional carece de un mecanismo coercitivo fuerte para estos casos.

 

Sheinbaum aludió en su declaración el incidente del 5 de abril de 2024, cuando la policía ecuatoriana irrumpió en la embajada mexicana en Quito para arrestar al exvicepresidente Jorge Glas, horas después de que México le concediera asilo por persecución política. Inmediatamente, México rompió relaciones diplomáticas, retiró a su personal y demandó a Ecuador ante la CIJ. La OEA convocó sesiones extraordinarias y emitió una condena unánime, mientras líderes como Gustavo Petro y Gabriel Boric expresaron solidaridad con México.

 

Sin embargo, las repercusiones quedaron en “palabrería”, no hubo sanciones económicas ni aislamiento prolongado. Ecuador ofreció garantías de protección futura, lo que llevó a la CIJ a denegar medidas provisionales en mayo de 2024. 
 

Entonces, ¿quién “castigaría” a Perú tras la “violación grave”?
 

No hay un “castigador” único, sino un ecosistema multilateral como la Corte Internacional de Justicia, instancia judicial principal en la que México podría demandar y buscar reparaciones. 

 

La OEA y la ONU emitirían resoluciones condenatorias, presionando por diálogo, pero sin poder coercitivo; países aliados de México podrían amplificar el aislamiento diplomático y bancos y fondos internacionales podrían ver a Perú como inestable, afectando flujos de capital.

Notas Relacionadas