La cédula profesional en México, documento oficial emitido por la Dirección General de Profesiones de la SEP, dejó de ser válida como identificación oficial a partir del 18 de febrero de 2026.
La modificación fue publicada un día antes en el Diario Oficial de la Federación y establece que este documento ya no podrá utilizarse para acreditar la identidad en trámites administrativos, bancarios o gubernamentales.
La medida responde a la consolidación de la CURP biométrica como instrumento único y universal para la identificación de personas en el país; por tal motivo, la cédula profesional, tanto en su versión física como electrónica, pierde su función como medio de identificación oficial, aunque mantiene intacta su utilidad esencial: acreditar el nivel de estudios y habilitar legalmente el ejercicio profesional.
Actualmente, la cédula profesional funciona exclusivamente como patente profesional, es decir, permite comprobar ante empleadores, instituciones, colegios profesionales y autoridades que el titular cuenta con autorización legal para ejercer su carrera, también facilita trámites laborales en el sector público y privado, oposiciones, inscripciones en colegios profesionales y procesos de validación internacional.
Además, en profesiones reguladas, la cédula es indispensable para cobrar honorarios de manera legal y evitar acusaciones de ejercicio ilegal; la autenticidad del documento puede verificarse en línea a través del portal oficial de la SEP, mediante la consulta de constancias de situación profesional.
No todas las carreras requieren cédula obligatoria para ejercer, ya que de acuerdo con la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, únicamente las profesiones que implican responsabilidades técnicas, científicas o legales vinculadas al interés público, como la salud, la seguridad o la justicia, deben contar con este documento para su ejercicio legal.
Entre las profesiones que sí requieren cédula obligatoria se encuentran las áreas de la salud, cómo médicos, dentistas, enfermeras, psicólogos, nutriólogos, veterinarios y químicos farmacobiólogos; el derecho, como abogados y notarios; así como diversas ingenierías y arquitectura, contadores públicos, actuarios, docentes de educación básica, biólogos y trabajadores sociales.
En contraste, en carreras no reguladas como administración, diseño gráfico, marketing o diversas áreas humanísticas, la cédula no es un requisito legal para trabajar; sin embargo, muchos empleadores la consideran un respaldo formal de los estudios concluidos, lo que puede influir en procesos de contratación.
Algunos especialistas advierten que ejercer una profesión regulada sin contar con cédula puede derivar en sanciones administrativas, multas e incluso consecuencias penales por usurpación de profesión, dependiendo de la legislación local.
También puede impedir el cobro legal de honorarios, limitar oportunidades laborales y generar riesgos legales en caso de daños derivados de la práctica profesional.
En decir, que aunque la reforma de 2026 elimina definitivamente la cédula profesional como documento de identificación oficial, este instrumento continúa siendo fundamental como habilitante legal en profesiones reguladas.